Nota histórica

Los misterios de sor Fidelma se desarrollan durante la mitad del siglo VII d. C.

Sor Fidelma no es simplemente una religiosa, otrora miembro de la comunidad de Santa Brígida de Kildare. Es además una cualificada dálaigh, o abogada de los antiguos tribunales de justicia de Irlanda. Dado que muchos lectores no estarán familiarizados con estos antecedentes, este prólogo proporcionará algunos puntos de referencia fundamentales, de manera que cada historia se comprenda sin ningún problema.

En el siglo VI d. C, Irlanda estaba compuesta por cinco reinos provinciales; de hecho, la palabra irlandesa que se emplea en la actualidad para «provincia» sigue siendo cúige, que literalmente significa «una quinta parte». Los cinco reyes provinciales -de Ulaidh (Ulster), de Connacht, de Muman (Munster) y de Laigin (Leinster)- juraron ser leales al Ard Rí o rey supremo, que reinaba desde Tara, en la quinta provincia «real» de Midhe (Meath), que significa «provincia central». Incluso entre estos reinos provinciales había una descentralización del poder en reinos menores y territorios gobernados por clanes.

En esta historia, el lector encontrará referencias al conflicto que se desarrolló entre Muman y Laigin por las tierras fronterizas del subreino de Osraige (Ossory), cuyo dominio ambos reivindicaban. Los detalles de dicho conflicto aparecen en el misterio de Fidelma Sufrid, pequeños.

La ley de la primogenitura, que concedía el derecho de sucesión al hijo o a la hija mayor, era un concepto desconocido en Irlanda. El parentesco, desde el jefe del clan inferior al rey supremo, sólo era hereditario en parte y, sobre todo, electoral. Cada gobernante era elegido por el derbhfine de su familia, un mínimo de tres generaciones reunidas en cónclave. Si un gobernante no buscaba el bienestar del pueblo, se le acusaba de no desempeñar debidamente sus funciones y se le destituía del cargo. Así pues, el sistema monárquico de la antigua Irlanda tenía más cosas en común con una república actual que con las monarquías feudales de la Europa medieval.

En el siglo VII d. C, Irlanda se regía por un sistema de leyes sofisticadas, conocidas como las Leyes de los Fénechas (cultivadores de la tierra), que a la larga se conocerían popularmente como las Leyes Brehon, a raíz de la palabra breitheamh, juez. Según la tradición, estas leyes se promulgaron por primera vez en el año 714 a. C. por orden del rey supremo Ollamh Fódhla. Sin embargo, en 438 d. C. el rey supremo Laoghaire nombró una comisión de nueve eruditos para estudiar, revisar y verter las leyes a la nueva escritura en caracteres latinos. Una de aquellas personas fue Patricio, el que luego se convertiría en santo patrón de Irlanda. Tres años después, la comisión ya tenía un texto escrito de las leyes, la primera codificación que se conoce.

Los primeros textos íntegros de las leyes antiguas de Irlanda que han sobrevivido se conservan en un manuscrito del siglo XI en la Royal Irish Academy de Dublín. La administración colonial de Inglaterra en Irlanda no suprimió el uso del sistema de Leyes Brehon hasta el siglo XVII, cuando poseer siquiera una copia de los libros de la ley se castigaba a menudo con la pena de muerte o con la deportación.

El sistema legal no era estático, ya que cada tres años, en el Féis Temhrach (festival de Tara) abogados y administradores se reunían para analizar y revisar las leyes a la vista de una sociedad cambiante y de sus necesidades.

Bajo estas leyes, las mujeres ocupaban un lugar excepcional. Las leyes irlandesas concedían más derechos y protección a las mujeres que cualquier otro código legal occidental de aquella época, o de los que se les han concedido desde entonces. Las mujeres podían aspirar -y aspiraban- a cualquier cargo y profesión en igualdad de condiciones con los hombres. Podían ser dirigentes políticas, podían estar al mando de su pueblo en combate como guerreras, podían ser médicos, podían ser jueces locales, poetas, artesanas, abogadas y magistradas. En la actualidad conocemos muchos nombres de mujeres magistradas de la época de Fidelma: Bríg Briugaid, Áine Ingine Iugaire, o Darí, entre tantos otros. Por ejemplo, Darí no solamente fue juez, sino autora de un célebre texto jurídico, redactado en el siglo VI d. C. Las leyes protegían a las mujeres del acoso sexual, de la discriminación, de la violación; tenían derecho a divorciarse de sus maridos en igualdad de condiciones gracias a leyes de separación equitativas, y podían exigir parte de la propiedad de éstos como un acuerdo de divorcio; tenían derecho a poseer y heredar tierras y propiedades, así como a recibir un subsidio por enfermedad si enfermaban o eran hospitalizadas (en la antigüedad, Irlanda albergaba el sistema de hospitales más antiguo conocido en Europa). Desde la óptica actual, las Leyes Brehon permitían conservar un entorno idóneo para las mujeres.

Este contexto histórico, así como la marcada diferencia de Irlanda con sus vecinos, deben tenerse en cuenta para comprender la función de Fidelma en los hechos que se relatan.

Fidelma nació en Cashel, capital del reino de Muman (Munster), en el suroeste de Irlanda, en el año 636 d. C. Fue la hija menor de Faílbe Fland, el rey, que falleció un año después de nacer su hija, por lo que fue criada bajo el consejo de un primo lejano, el abad Laisran de Durrow. Cuando Fidelma cumplió la «edad de elegir» (los catorce años), considerada la edad a la que las mujeres alcanzaban la madurez, ingresó en la escuela barda del brehon Morann de Tara, como era costumbre entre muchas jóvenes de su edad. Tras ocho años de estudio, Fidelma obtuvo el título de anruth, solamente un grado por debajo del título superior que se otorgaba antiguamente tanto en las universidades bardas como en las universidades eclesiásticas de Irlanda. El título de mayor grado era el de ollamh, palabra que todavía hoy se emplea en irlandés moderno para «profesor». Fidelma estudió derecho y, en concreto, el código penal del Senchus Mór y el código civil del Leabhar Acaill. Por tanto, obtuvo el título de dálaigh o abogada de los tribunales.

Su función principal podría equipararse en la actualidad a la de un juez suplente de un distrito en Escocia, cuya labor consiste en recopilar y evaluar las pruebas con independencia de la policía, a fin de averiguar si una acusación tiene fundamento o no. La denominación moderna de «juez de instrucción» encierra una función similar. No obstante, en ocasiones Fidelma se ve obligada a participar en procesos en los tribunales de justicia o, como sucede en la presente narración, a defender, e incluso a dictar sentencias, en casos menores y a falta de un brehon.

En aquella época, buena parte de las clases profesionales e intelectuales eran miembros de las nuevas órdenes religiosas cristianas, del mismo modo que en siglos anteriores los profesionales e intelectuales eran los druidas. Fidelma ingresó en la orden religiosa de Baldare, fundada a finales del siglo v d. C. por santa Brígida.

Si bien el siglo VII d. C. ha sido considerado en Europa como parte de la Edad de las tinieblas, para Irlanda, en cambio, constituyó una auténtica «Edad de Oro». Estudiantes de todas partes de Europa acudían a las universidades irlandesas para formarse, incluso los hijos de muchos reyes anglosajones. Hay constancia de que en la universidad de Durrow había, al menos, dieciocho naciones de aquella época representadas entre los estudiantes. Al mismo tiempo, misioneras y misioneros irlandeses partían a ultramar para reconvertir al cristianismo a una Europa pagana, fundando iglesias, monasterios y centros de estudio por todo el continente hasta Kiev (Ucrania) por el este, las islas Feroe por el norte y Tarento por el sur, en Italia. Irlanda era sinónimo de alfabetización y educación.

Sin embargo, la Iglesia celta de Irlanda tenía constantes enfrentamientos con la Iglesia de Roma en cuestiones litúrgicas y rituales. La Iglesia de Roma inició su propia reforma en el siglo IV, cuando cambió la fecha de celebración de la Pascua de Resurrección y algunos aspectos de su liturgia. La Iglesia celta y la Iglesia ortodoxa oriental se negaron a seguir los dictados de Roma. No obstante, la Iglesia celta fue absorbida paulatinamente por Roma entre los siglos IX y XI, mientras que la Iglesia ortodoxa oriental conservó su independencia. Durante la época de Fidelma, este conflicto constituía tal motivo de preocupación para la Iglesia celta de Irlanda, que resulta imposible escribir sobre asuntos relacionados con la Iglesia sin aludir a la guerra filosófica que hubo entre ellas.

Ahora bien, en el siglo VII la Iglesia celta y la Iglesia católica coincidían en que el concepto de celibato no era universal. Pese a que en ambas iglesias siempre hubo ascetas que sublimaban el amor físico en su devoción a la deidad, la Iglesia Occidental no condenó los matrimonios clericales hasta el año 325 d. C, en el concilio de Nicea, si bien no los prohibió. El concepto de celibato de la Iglesia romana surgió, sobre todo, a raíz de las costumbres que practicaban las sacerdotisas de Vesta con los sacerdotes de Diana.

Hacia el siglo V, Roma prohibió que los clérigos con grados superiores al de abad y al de obispo durmieran con sus esposas y, poco después, que incluso contrajeran matrimonio. En cuanto al clero común, Roma desaconsejó el matrimonio, aunque no lo prohibió. De hecho, no hubo un serio intento de imponer al clero occidental el celibato universal hasta la reforma realizada durante el pontificado de León IX (1049-1054 d. C). La Iglesia celta tardó siglos en renunciar a su postura contraria al celibato y adherirse a los preceptos de Roma, mientras que la Iglesia ortodoxa oriental, los sacerdotes con grados inferiores al de abad y al de obispo han mantenido el derecho a contraer matrimonio hasta nuestros días.

Es fundamental observar este aspecto de la postura liberal adoptada por la Iglesia celta en cuanto a las relaciones sexuales, a fin de comprender el trasfondo de la presente novela.

La condena del «pecado carnal» siguió siendo algo ajeno a la Iglesia celta hasta mucho tiempo después de imponerse como dogma la postura de Roma. En los tiempos de Fidelma, ambos sexos convivían en abadías y fundaciones monásticas conocidas como conhospitae (o «casas dobles»), donde hombres y mujeres educaban a sus hijos al servicio de Cristo.

El propio monasterio de Fidelma, Santa Brígida de Kildare, fue una de estas comunidades de ambos sexos de la época. Cuando santa Brígida fundó la comunidad en Kildare (Cill-Dara, «la iglesia de los robles») invitó a un obispo llamado Conláed a unirse a ella. La primera biografía de la santa, concluida cincuenta años después de su muerte en el año 650 d. C, y coetánea de Fidelma, fue obra de un monje de Kildare llamado Cogitosus; en ella deja patente que la comunidad mantuvo el carácter mixto propio de la época.

Asimismo debería destacarse que, como muestra de igualdad con los hombres, las mujeres de esta época podían ser sacerdotes de la Iglesia celta. La propia Brígida fue ordenada obispo por el sobrino de Patricio, Mel, y no fue un caso excepcional. De hecho, en el siglo VI la iglesia de Roma escribió una protesta contra la práctica de la Iglesia celta de permitir que mujeres oficiaran el santo sacrificio de la misa.

A diferencia de la Iglesia de Roma, la Iglesia celta carecía de un sistema de «confesión» según el cual dar a conocer los «pecados» a los clérigos que en aquella época tenían autoridad para absolver tales pecados en nombre de Cristo. Para ello, los fieles escogían a un «alma amiga» (alma chara) entre los clérigos o entre los seglares, con quien discutían asuntos de bienestar emocional o espiritual.

A fin de ayudar a los lectores a situarse en la Irlanda que vivió Fidelma, es decir, la Irlanda del siglo VII -ya que las divisiones geopolíticas quizá no resulten familiares-, he proporcionado un mapa esquemático; al objeto de facilitar la identificación de los nombres personales, también he añadido una lista con los personajes principales.

En general he desdeñado el empleo de topónimos anacrónicos por razones obvias, si bien he cedido a algunos usos modernos, como Tara, en vez de Teamhai; Cashel, en vez de Caiseal Muman, y Armagh en lugar de Ard Macha. Ahora bien, he sido fiel al nombre de Muman en vez de emplear la variante posterior de «Munster», que se formaría al añadir el stadr (lugar) de Norse al nombre irlandés de Muman en el siglo IX d. C. y que se anglicanizaría con el tiempo. También he mantenido la denominación original de Laigin, en vez de la forma anglicanizada de Leinster, basada en la forma escandinava Laighin-stadr. Para facilitar la lectura, he acortado Fearna Mhór (el gran lugar de los alisos), en aquella época la ciudad principal de los reyes de Laigin, y he preferido Fearna, según la anglicanización actual de Ferns (condado de Wexford).

Este relato también aborda el conflicto existente en esta época entre las Leyes Brehon, de la tradición jurídica irlandesa, y la introducción en Irlanda de un sistema legal alternativo por parte del clero partidario de las reformas de la Iglesia de Roma. Este sistema se llamaba «los Penitenciales». Inicialmente, dichos Penitenciales eran los preceptos designados para las comunidades religiosas, inspiradas sobre todo en conceptos culturales grecorromanos, y en función de los cuales debían dirigir sus vidas. Sin embargo, a menudo extendían estos preceptos a aquellas comunidades que vivían a la sombra de las grandes abadías, según la personalidad de sus abades y abadesas.

Los Penitenciales se desarrollaron en muchos casos como un rígido conjunto de normas y penas que imponían castigos físicos a los transgresores, es decir, era más un procedimiento vengativo y cruel que un sistema de indemnización y rehabilitación, base que constituía el corpus de las Leyes Brehon. A medida que la forma romana de la cristiandad iba imponiéndose entre los centros religiosos y urbanos, en muchas regiones de Irlanda los Penitenciales empezaron a desplazar los preceptos brehon. Así, durante la baja Edad Media en Irlanda se sucedían ejecuciones, mutilaciones y flagelaciones como formas de castigo, al igual que en el resto de Europa. Éste, sin embargo, no era el caso en la época de Fidelma, y tales ideas indignaban a los abogados del sistema brehon, como el lector tendrá ocasión de descubrir a continuación.

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